En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR, la solicitud de rectificación del acta de matrimonio de los ciudadanos YARITZA CELINA COLMENARES GUDEL y AURELIO BIANCO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-7.253.108 y V-7.282.422 respectivamente, en consecuencia, SE ORDENA al Registrador Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, efectuar la debida corrección en el Acta de Matrimonio Nro. 94, Folio 187, de fecha 28 de octubre de 1989, en el sentido de que se señaló el nombre de su esposo "AURELIO BIANCO HERNANDEZ, en donde se omitió el apellido BIANCO y se colocó AURELIO HERNANDEZ, siendo lo correcto AURELIO BIANCO HERNANDEZ"......