..DECLARA: PRIMERO: su FALTA DE JURISDICCIÓN con respecto a la solicitud de Calificación de Despido, Reenganche y pago de Salarios Dejados de Percibir incoada por el Ciudadano HENRY YSMAEL RODRIGUEZ, e insta al trabajador a ejercer la defensa de sus derechos laborales ante el Órgano Administrativo competente, en este caso, la Inspectoría del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas; SEGUNDO: Se declara competente para conocer la solicitud de Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Dejados de Percibir incoada por los Ciudadanos HIVE RAFAEL TERESEN, MIGUEL ANGEL MUJICA, SANTO JOSE DIAZ y FRANCISCO MANUEL LEON. TERCERO: Se ordena remitir el presente expediente a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la consulta obligatoria, suspendiéndose el proceso conforme lo dispone los Artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, y dado que existe un litisconsorcio activo, por efecto de la unidad del proceso, el mismo ne.....