), este Juzgado niega la misma en virtud que el lapso para ejercer dicho recurso feneció el día lunes veintiocho (28) de enero del año en curso, por cuanto desde el día 22/01/2008, hasta el día 28/01/2008, transcurrieron íntegramente los cinco (05) días para ejercer recurso contra la referida decisión, discriminados de la siguiente manera: martes (22), miércoles (23), jueves (24), viernes (25) y lunes (28); en tal sentido resulta forzoso para quién decide negar el recurso de apelación interpuesto. Así se establece