Se declara CON LUGAR la apelación intentada por la ciudadana MONICA JOSEFINA PANTOJA CASTRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.236.034, asistida por el abogado MIGUEL MORENO TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.494, contra la Decisión Interlocutoria Con Fuerza de Definitiva de fecha 08 de Noviembre de 2010, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Aragua, en la que se declaró terminado la demanda de ACCIDENTE DE TRABAJO interpuesta por el misma, en nombre y representación de la adolescente (cuyo nombre se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), por falta de asistencia de la parte actora a la audiencia preliminar de mediación, ya que se considera como justificada tal incomparecencia, en consecuencia se revoca la providencia antes señalada y se ordena la remisión del expediente al .....