DISPOSITIVA.
Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos EMELIS CAROLINA PERDOMO AULAR y JULIO CESAR RODRIGUEZ ARISMENDI, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-14.741.861 y V-13.132.411 respectivamente. En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Monseñor González del Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua asentada bajo el Acta Nº 126, TOMO 2, Folio 053, AÑO 2006 de los libros de Matrimonios llevados por el referido Registro.
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente decisión, conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala del Despacho.....