Oídas las exposiciones de las partes y revisadas como han sido las actuaciones que conforman la causa N° 2C-38.378-21 este Tribunal Segundo en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite Totalmente la acusación presentada en fecha: 30-12-2021 recibido por este tribunal en fecha 10-01-22 por la fiscalía 28° del Ministerio Público, en contra del acusado CHURON FUENTES ALEXANDER HERNAN titular de la cedula de identidad N° V-12.167.509,por el delito de CAMBIO ILICITO DE PLACAS DE VEHICULO AUTOMOTORES previsto y sancionado en el articulo 08de la ley sobre el hurto y robo de vehículo automotor. SEGUNDO: Se admiten los medios probatorios ofrecidos por la representación Fiscal, por cuanto los mismos son útiles, legales y pertinentes y se acuerda la aplicación del principio de comunidad de pruebas a favor de la .....