este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda que por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y demás beneficios Laborales tiene incoada la Ciudadana SONIA YOLANDA AREVALO DIAMONT, titular de la Cédula de Identidad No. 5.270.510 y CONDENA al fondo de comercio SERVICIOS OPTICA RUAN, F.P. inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Aragua, en fecha 20 de Julio de 2004, bajo el No.142, Tomo 5-B, representada por la Ciudadana ELIANA MARINA RUAN MADRID, titular de la Cedula de Identidad No.7.185.977 y también se condena como persona natural a la Ciudadana ELIANA MARINA RUAN MADRID, titular de la Cedula de Identidad No.7.185.977; a cancelar a la parte actora la cantidad de OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE BOLIVARES FUERTE CON CUATRO CENTIMOS (BsF.8.937,04); por todos .....