Decisiones del dia 31/03/2009
N° Expediente :
CA-9101
N° Sentencia :
Fecha: 31/03/2009
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo N/Efectos Part
Partes: MARTÍN GONCALVES DE JESÚS, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD MERCANTIL EXPRESOS UNIDOS, C.A. CONTRA EL ACTO ADMINISTRATIVO CONTENIDO EN LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA, DE FECHA 24 DE AGOSTO DE 2007, EMANADA DEL INSPECTOR JEFE DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT, COSTA DE ORO, MARIO BRICEÑO IRAGORRY, FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA, LIBERTADOR Y MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
da por DESISTIDO el Recurso de Nulidad interpuesto conjuntamente con Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, por el Ciudadano: Martín Goncalves de Jesús, en su carácter de Presidente y Representante Legal de la Sociedad Mercantil Expresos Unidos, C.A., debidamente asistido de Abogado, contra el Acto Administrativo contenido en la Providencia Administrativa, de fecha 24 de Agosto de 2007, emanada del Inspector Jefe del Trabajo de los Municipios Girardot, Costa de Oro, Mario Briceño Iragorry, Francisco Linares Alcántara, Libertador y Mariño del Estado Aragua, Abogado Carlos Romero, en el Expediente 043-07-01-00788, mediante la cual se declara Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por el Ciudadano Alexis Rafael Rivas Sisaya; en consecuencia, le imparte la HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicado en el presente caso por analogía, ordenándose de igual manera, agregar a los autos formando .....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
CA-6464
N° Sentencia :
Fecha: 31/03/2009
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial
Partes: LUCY TERESA MADRID CORDERO VS ALCALDIA DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
Por todo lo anteriormente señalado se declara la Sin Lugar el Recurso Contencioso Administrativo interpuesto, toda vez que el Acto Administrativo contenido en el Decreto N°006, fue dictado en concordancia con los requisitos de ley establecidos y por la autoridad competente en el ejercicio de sus funciones, lo que no acarrea vicio de ilegalidad alguno que pueda dar lugar a la Nulidad pretendida en el presente Recurso, toda vez que de acuerdo a los principios constitucionales y principio de legalidad supra señalados, Por tanto, el Acto Administrativo de Efectos Particulares, contenido en la Resolución Nº 128 de fecha 06 de Marzo de 2003, publicada en fecha 07 de Mayo de 2003, en el Diario "El Aragueño", inserto al folio 12 del expediente, por medio del cual se le otorgó la Jubilación Especial a la Ciudadana LUCY TERESA MADRID CORDERO, debe ser ratificado, toda vez que la mencionada funcionaria cumplía con los requisitos de tiempo y edad previstos en el Decreto N°006 para que le fue.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
CA-6282
N° Sentencia :
Fecha: 31/03/2009
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo N/Efectos Part
Partes: MARIA BENIGNA DE JESÚS DE DA SILVA VS PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA DE FECHA 31 DE ENERO DE 1995, EMANADO DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA, POR ÓRGANO DE SU ALCALDE PARA ESE ENTONCES CIUDADANO WILLIAM QUIÉRALES, MEDIANTE RESOLUCIÓN NRO. 641.
Resumen:
En virtud de todo lo anteriormente expuesto y de conformidad con los criterios jurisprudenciales arriba señalados, concluye entonces este Tribunal Superior, que la Resolución Nro. 641, de fecha 31 de enero de 1995, emitida por el Alcalde del Municipio Girardot del Estado Aragua, esta viciada de nulidad absoluta, a tenor de lo establecido en el artículo 19, ordinal 4to de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por haber sido dictado con prescindencia total y absoluta del procedimiento legalmente establecido, vulnerándose de esta manera, el debido proceso y el derecho a la defensa, tanto de los terceros interesados, así como los de la parte recurrente. Así se declara.
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
QF-9117
N° Sentencia :
Fecha: 31/03/2009
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial
Partes: ESTHER JOSEFINA ALFONSO DE FUNES CONTRA GOBERNACIÓN DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
Ahora bien, siendo una realidad fáctica forzosamente dirige a este Juzgador establecer que operó plenamente la caducidad de la pretensión que se atribuía a la Ciudadana: Esther Josefina Alfonso de Funes, para exigir judicialmente el restablecimiento de los derechos funcionariales que alegó y que le correspondían, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el Artículo 94 ejusdem, quién decide declara la Caducidad, esto es la Inadmisibilidad de la presente pretensión, lapso este fatal y que resulta procedente su revisión, todo en resguardo del principio de la seguridad jurídica; tal como ha sido reiterado por nuestro más alto Tribunal, mediante Sentencia de fecha 03 de Octubre de 2006, Exp. Nº 06-0874, con Ponencia de la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño. Así se decide.
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
QF-9116
N° Sentencia :
Fecha: 31/03/2009
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial
Partes: ROSA VIDALINA GARCÍA BOLÍVAR, CONTRA LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
En el caso de autos, puede perfectamente evidenciarse de nota de presentación que cursa al vuelto del folio 34 de la presente causa, que la recurrente interpone su Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial en fecha 02 de Abril de 2008, oportunidad muy superior al término de caducidad arriba señalado, lo que constituye a juicio de quien decide, la operatividad de la caducidad, por haber transcurrido íntegramente el lapso para la interposición del Recurso, de conformidad con el Artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, ya que los hechos que supuestamente dieron origen al presente Recurso acontecieron hace más de 3 meses, por cuanto se desprende de autos, que la querellante recibió su pago en fecha 26 de Diciembre de 2006, tal como consta del vuelto del folio 1 del escrito Libelar presentado, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, y la interposición de la demanda fue en fecha 02 de Abril de 2008. Y así se decide
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo