Este Tribunal mediante auto Fundadao en audiencia Preliminar, Donde se acordó Admitir totalmente la Acusación Fiscal contra el Imputado de auto, así como los medios y pruebas ofrecidos, El Imputado admitió los hechos a los fines de optar a la suspensión condicional del proceso, arts. 376 y 42 del c.o.p.p y no existiendo objección alguna por parte de la víctima ni el Ministerio Público se procede a imponer las Condiciones de conformidad art. 44 ejusdem.- por el tiempo de un (1) año.