Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 18 de Octubre de 2.013, por la ciudadana GRISEIDA COROMOTO RONDON FLORES, parte demandada en el presente juicio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MEYCKERD JOSE ABAD, contra la sentencia de fecha 20 de Septiembre de 2.013, dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Se CONFIRMA la decisión recurrida en todas sus partes. En consecuencia:
PRIMERO: Se resuelve el contrato de opción de compra venta suscrito por .....