Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentado por los ciudadanos RUTH YELIXZA CARRILLO SANCHEZ y NIKOLA JONARELIO GUZMAN SOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-26.978.270 y V-26.734.698, asistidos en este acto por el abogado VICTOR GUILLEN, IPSA N° 301.401. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en fecha 17 de Agosto del 2018, según acta Nro. 454, Folio 204, Tomo B, Año 2018, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, se decreta el ejecútese definitivo de la presente sentencia, a los efectos de l.....