D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos: YULITZA CAROLINA MENDOZA PADRON y JESSE JOHAN ESCOBAR PINEDA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad números V-19.245.721 y V-17.702.410, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día treinta (30) de septiembre del año dos mil veintidós (2022), por ante el Registro Civil del Municipio Diego Ibarra del Estado Carabobo, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio bajo el número 044, folio 044, del año 2022.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el ar.....