Establecido como ha quedado que las causales de inadmisibilidad son de eminente orden público, y que el mismo razonamiento puede ser aplicado a la falta de cualidad o interés, por aplicación extensiva, este Tribunal observa del escrito de informes presentado por la representación Fiscal, la solicitud de declaratoria de inadmisibilidad del Recurso Contencioso interpuesto por el supuesto representante de la recurrente por cuanto estima que la instancia contenciosa “(omissis)…no puede fungir como una etapa donde el recurrente pueda subsanar omisiones, errores, etc., cometidos en la instancia administrativa y en vista que el presente Recurso Contencioso Tributario no impugna la Resolución N° RCA-DJT-RCJ-2003-00387, de fecha 12/12/2003 solicito a este digno Tribunal declare INADMISBLE el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la empresa T.A.D. INTERNACIONAL EXPRESS, C.A., y así pido sea declarado por este Tribunal…(omissis)”
Igualmente alega que las copia.....