V. DISPOSITIVA.-
Con fundamento a las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR LA RECUSACIÓN interpuesta por el ciudadano DONATO VILORIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.869 en contra del DR. PEDRO III PEREZ, Juez Titular el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el juicio de COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES DE ABOGADOS. . SEGUNDO: En consecuencia, debe desprenderse de la causa signado con el Nº 30.501, y se ordena remitir las actuaciones al Tribunal que resulte competente una vez realizada la distribución, a fin de que conozca de la causa principal. Así se Decide.
Déjese copia. Publíqu.....