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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Turmero; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, disolviendo el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los Ciudadanos: WILMER ENRIQUE ALTAUNJI JUAREZ y MARIA TRINIDAD VESGA DE ALTAUNJI, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-7.212.951 Y V- 17.367.385, respectivamente, quienes contrajeron matrimonio en fecha cuatro (04) de Abril del año 1.987, según se evidencia de Acta de Matrimonio expedida por el Oficina de Registro civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, la cual se encuentra inserta bajo Nº 362, tomo 03 en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por ante el expresado Despacho, dicha certificación del Acta de Matrimonio fue consignada y cursa al folio: Tres .....