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DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Mirla Montilla Ávila, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.099.052, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 156.394, contra el fallo dictado en fecha 04 de abril de 2016, por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. SEGUNDO: En consecuencia, SE CONFIRMA la sentencia dictada por el juzgado a quo, a través de la cual, se declaró SIN LUGAR la ACCIÓN POSESORIA AGRARIA incoada por la Abogada Mirla Montilla Ávila, contra los ciudadanos Miguel Robles, Manuel Robles, Pascual Robles, Rafael Robles, Carmen .....