DECLARA SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por los abogados ANA KARINA GUZMAN y RAMSES OJEDA FIGUEREDO, defensores privados del ciudadano FRANCISCO MOIZANT BRACHO, en contra de la decisión dictada en fecha 07 de junio de 2006, por el Juzgado Trigésimo Sexto (36°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó la aplicación de medida de privación judicial preventiva de libertad, a tenor del contenido del articulo 250 ordinales 1°, 2° y 3°, en relación con el articulo 251 ordinales 1°, y 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, y se confirma la decisión recurrida, toda vez que de autos no se evidencia los vicios que aluden los recurrentes.