VII. DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el amparo incoado por la ciudadana VALENTINA T. RODRIGUEZ BRACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.257.829, debidamente asistida por el abogado en ejercicio RAUL E. LAZO MOLINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.295, todo de conformidad con lo establecidos en los artículos 26, 49 ordinal 1° y 3°, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 4 y 32 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: SE DECLARA LA INEXISTENCIA del juicio de Desalojo instaurado por la ciudadana ZAIDA BUAIZ CARDOZO DE RIOBUENO, titular de la cédula de identidad N° V-3.849.755 en contra de la ciuda.....