-III-
DECISION
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas (En transición), Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA la presente instancia y la EXTINCION del proceso en el juicio que por ACCIÓN DECLARATIVA DE PROPIEDAD han incoado los ciudadanos PETRA BELEN PAEZ, CARMEN PERFECTA PAEZ, EDUVIGES MARGARITA PAEZ, ISABEL MARIA PAEZ, OTILIO JOSE PAEZ, NIEVES AMERICA ZAMORA PAEZ, Y RUBIN VICENTE ZAMORA PAEZ, contra JESUS CONTRERAS GARCIA, HIPOLITO GARCIA MENDEZ, JOSE ALBERTO CARPIO PACHECO, BANCO ITALO VENEZOLANO, C.A. y el FONDO DE GARANTIA DE DEPÓSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE), ampliamente identificados al inicio de este fallo. ASI SE DECLARA.-
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, se declara que no hay especial condenatoria en costas.-