Se publicó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declara SIN LUGAR, el recurso de apelación propuesto por el apoderado judicial de la parte actora, con lugar el recurso de apelación propuesto por la parte demandada. Se revoca la sentencia interlocutoria de fecha 08 de julio de 2008, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta misma Circunscrip´ción Judicial y se repone la causa al estado de que se deje transcurrir el lapso de suspensión del proceso por 90 días y vencido éste se deje transcurrir el lapso para la comparecencia más el término de la distancia, para la celebración de la audiencia preliminar.