"...Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas, éste Tribunal Ejecutor de Medidas, en cumplimiento de la misión encomendada procede hacer formalmente la ENTREGA MATERIAL, REAL Y EFECTIVA, del bien inmueble constituido por un Local de uso comercial distinguido con el número y letra 1-B, situado en el Centro Comercial Palo Verde Plaza, Nivel II, ubicado en la Calle Comercio de la Urbanización Palo Verde, Municipio Sucre del Estado Miranda, haciendo la entrega de las llaves del mismo, al Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado Alfonzo Martin Buiza, suficientemente identificado, quien lo recibe conforme en nombre de su representada; reservándose el derecho de practicar el Embargo Ejecutivo, en otra oportunidad previa solicitud el Apoderado Judicial de la Parte Actora, antes identificado, solicita a éste Tribunal Ejecutor, se sirva devolver la presente Comisión con sus resultas, al Tribunal de la Causa..."