D E C I S I O N
Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PROCEDENTE LA HOMOLOGACION DEL CONVENIMIENTO A LA DEMANDA, presentada por los ciudadanos KEILERT DAVID PIÑANGO PLAZA y WILBERT ALEXIS PIÑANGO PLAZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números V-20.335.702 y V-14.086.321, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio Venus García, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 289.496, en la demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, contra los ciudadanos ARLINDO FIGUEIRA RODRIGUEZ, AGUSTIN FIGUEIRA RODRIGUES y ORLANDO FIGUEIRA RODRIGUES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad número.....