Por ello, sobre la base de los razonamientos precedentemente expuestos, y siguiendo los criterios jurisprudenciales supra señalados, considera este Tribunal Superior, que en el caso sub examine se encuentran dados los requisitos de procedencia a los fines de solicitar la ejecución por vía de amparo Constitucional como el medio idóneo para ejecutar la Providencia Administrativa Nro. 273-2009, de fecha 28 de septiembre de 2009, emanada de la Inspectoría del Trabajo de San Juan de los Morros Estado Guárico, mediante la cual se ordenó al precitado municipio, proceder al reenganche inmediato y al pago de los salarios caídos del ciudadano Ángel Jacinto Ortiz Hernández, por cuanto la accionada al negarse a cumplir la referida providencia dictada en beneficio del accionante, viola derechos y garantías constitucionales del trabajador, como lo son el derecho al trabajo, el derecho al salario y a la estabilidad, previstos en los Artículos 87, 89, 91 y 93 de la Carta Fundamental, lo que hace proce.....