Mediante Auto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley EMITE EL RESPECTIVO AUTO DE EJECUCIÓN Y COMPUTO, en razón de la sentencia condenatoria dictada en contra del ciudadano. RAMON ISIDRO MACUARE, titular de la cédula de identidad Nº V- 27.368.508, quien fue CONDENADO a cumplir la pena de Un (01) AÑO DE PRISION, por la comisión del delito de ACTO CARNAL, previsto y sancionado en el Encabezamiento del Artículo 378 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana ADOLESCENTE, de 13 años de edad de quien se omite su identidad conforme a lo establecido en el artículo 65 Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, se acuerda mantener en libertad al referido penado.-
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