Ahora bien, siendo una realidad fáctica forzosamente dirige a este Juzgador a establecer que operó plenamente la caducidad de la pretensión que se atribuía los Ciudadanos: José Gregorio León, Elvira A. Gallardo, Álvaro Ramón Aquino, José Neptalí Longa, Oscar Alejandro Hernández y Carlos Amado Castro, para exigir judicialmente el restablecimiento de los derechos funcionariales que alegaron y que les correspondían, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el Artículo 94 ejusdem, quién decide declarar la Caducidad, esto es, la Inadmisibilidad de la presente pretensión, todo en resguardo del principio de la seguridad jurídica; tal como ha sido reiterado por nuestro más alto Tribunal, mediante Sentencia de fecha 03 de Octubre de 2006, Exp. N°. 06-0874, con Ponencia de la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, Así se decide.