Aunado a lo anterior, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Artículo 2 establece que: "Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político".
Ahora bien, del principio antes mencionado, se desprende la garantía de la composición de un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia que los juzgadores debemos acatar, por tal razón en el caso estudiado y estando en etapa para dictar sentencia, considera quien juzga, que para el esclarecimiento de los hechos, es menester dictar el presente auto para mejor proveer, en vista que es necesario complementar la prueba fundamental relacionada a la Inspección Judicial realizada el día 14 de Marzo de 2014, ha.....