DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano JESÚS MANUEL MORÓN AZUAJE, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-20.766.033, de 35 años de edad, fecha de nacimiento: 02-01-1989, profesión u oficio: GRANJERO, residenciado en VÍA MAGDALENO, FINCA ARSENALES, SECTOR PALO NEGRO, MUNICIPIO LIBERTADOR, ESTADO ARAGUA. TELEFONO: NO POSEE, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, por los delitos de por los delitos de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y condicion.....