D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO (falta de afecto) presentado por el ciudadano DOUGLAS ENRIQUE PEREZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.181.173, contra la ciudadana NEYLA CHIQUINQUIRA SANCHEZ MOLERO, venezolana, mayor de edad y titula de la cedula de identidad número V-13.574.780, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día 30 de julio del año 1998, por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Aragua, según consta de la copia certificada del acta de matrimonio signada con el número 119, Folios 253 y 254, del año 1998, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, c.....