D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento, formulada los ciudadanos ARLIN DE JESUS RODRIGUEZ PRIN y NIXON ABRAHAN GONZALEZ SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-13.599.296 y V-10.871.272, respectivamente y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día cuatro (04) de diciembre del año dos mil uno (2001), por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo Tomas Lander del Estado Bolivariano de Miranda, según se evidencia de la copia certificada del acta número 139, Tomo 143, del año 2001, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, concatenado con la.....