Vistas las actas provenientes de la DEFENSORIA MUNICIPAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DEL ESTADO ARAGUA, donde en fecha 04-11-2010, celebraron acto conciliatorio los ciudadanos LEANDRO RAFAEL GOMEZ MORONTA y YAREMI CAROLINA PADRON DELGADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-13.699.124 y V-17.717.178, respectivamente. Habiendo llegado las partes a un acuerdo conciliatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a favor de su hijO ````, de 08 años de edad, y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a los Derechos del niño, ni trata sobre asuntos que no es posible la conciliación, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente convenimiento.