DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO, seguido al ciudadano GILBERTO JOSE OROPEZA MONTERO , titular de la cédula de identidad V.-17.800.909, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO previsto y sancionado en el artículo 39, 40 Y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARIELA DEL CARMEN ROMERO SIBULO, titular de la cédula de identidad V.-6.432.248 , por extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con lo dispuesto en los artículos 108 numeral 5 y 109 del Código Penal y por consecuencia, cesa cualquier medida cautelar o medida de protección y de seguridad que se haya dictado durante el proceso tal como lo establece el artículo 301 del referido Código Adjetivo.