En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSIÓN en DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por este Tribunal el 25 de marzo de 2013, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos : PEDRO RAFAEL HERNANDEZ SOLORZANO y MARIANGEL YANETH BRANDY BUITRAGO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos 15.513.202 y 14.860.175, respectivamente, en virtud del matrimonio civil celebrado el 18 de diciembre de 2009, ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua.