Éste Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Juicio con competencia en materia de delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL seguida en contra del ciudadano CRISTIAN RIVERO TORO, NATURAL DE ESTADO PORTUGUESA, NACIDO EL DÍA 27-02-1979, DE 34 AÑOS DE EDAD, ESTADO CIVIL: SOLTERO, PROFESIÓN U OFICIO: COMERCIANTE, RESIDENCIADO EN: AV. PRINCIPAL DE COROPO, SECTOR SANTA RITA, CASA Nº 52, TELÉFONO: 0426-239-55-35, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 15.172.771; de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 7° del artículo 49 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 300, ordinal 3°, en relación con el artículo 46, ambos del .....