En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por el ciudadano Abogado Cristóbal Muguerza Terán, Inpreabogado 55.429, en su carácter de apoderado de los ciudadanos Flor del Carmen Linares, Miguelina Antonia Pereira Linares, Jorge Luís Pereira Linares y Flor María Pereira Linares, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-348.588, V-5.272.770, V-7.239.174 y V-7.256.538 y todos de este domicilio, en contra de la ciudadana Zenayda Pereira Linares, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.569.169 y en contra de la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Girar.....