D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: GUILLERMO ANTONIO LACRUZ QUEVEDO y YANETH MILAGROS VENTA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cedula de identidad Nros. V-11.396.967 y V-19.174.279 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: Quince (15) de Diciembre de Dos Mil Doce (2012), por ante el Registro Civil de la Parroquia Guanare del Municipio Guanare, Estado Portuguesa, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 496, del año 2012, en los libros respectivos, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispuesto en e.....