es por lo que este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, en uso de sus atribuciones que le confiere la Ley, acuerda lo solicitado, en consecuencia expídase por secretaría la copia certificada antes mencionada, autorizándose para la elaboración al Secretario del Tribunal ciudadano ABG. GIOVANNI RUOCCO, quien estando presente juró cumplir bien y fielmente. Ahora bien la parte actora de igual forma pide: "...Igualmente solicito se oficie lo conducente a las Oficinas del Servicio de Administración, Identificación, Migración y Extranjería a los fines que informe a este tribunal la dirección actual del ciudadano Pedro Javier Goñi Castro y Juana Marisol Peña..."; esta Juzgadora acuerda lo solicitado con respecto al ciudadano Pedro Javier Goñi Castro, y declara improcedente lo solicitado por la apoderada judicia.....