Primero: Se imparte la HOMOLOGACIÓN de los acuerdos alcanzados por las partes en el proceso de mediación promovido por este Juzgado y contenidos en la presente acta, dándole efecto de COSA JUZGADA. Segundo: Se acuerda agregar a los autos copia fotostática de 1) Liquidación; 2) Carta de renuncia; y 3) los dos (02) cheques recibidos personalmente en este acto por la parte accionante ciudadana GÉNESIS ANNER RAMOS CALINA, ya identificada en autos. Tercero: Se deja asentado de que en vista del acuerdo aquí suscrito, no se consignaron ni escrito de pruebas ni anexos. Cuarto: En cuanto a la solicitud de la parte demandada, que le sea expedido un (01) juego de copia certificada 1) del libelo de la demanda; 2) auto de admisión; 3) de la presente acta y sus anexos; y 4) de auto que acuerde el cierre y archivo del presente expediente, este Tribunal se pronunciará por auto separado.