La indexación persigue reestablecer el equilibrio económico que resulta alterado por el aumento o disminución en el poder adquisitivo de la moneda, durante el tiempo de mora en el pago. En consecuencia esta Sentenciadora condena a la demandada a cancelar este concepto, y se ordena realizar una experticia complementaria del fallo antes acordada, a los fines de determinar el monto de acuerdo a los parámetros indicados para tal fin. 4.- En cuanto a los Intereses de Mora Serán calculados "desde la fecha de culminación de la relación de trabajo (15-02-2004) hasta la ejecución del presente fallo", calculados en base a la tasa fijada por el Banco Central de Venezuela conforme a lo previsto en el literal "c" del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, los cuales serán determinados mediante experticia complementaria del fallo realizada por un solo experto designado a tal efecto. Para el cálculo de los intereses de mora ya enunciados no operará el sistema de capitalización (de los propi.....