PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la abogada Marbella Espinoza de Arteaga, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 24.501, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Plumrose Latinoamericana, C.A., quien interpuso demanda de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra la Providencia Administrativa Nº 00247-16 de fecha 17 de octubre de 2016 dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua del estado Aragua con sede en Cagua