Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO CON COMPETENCIA EN TRANSICIÓN Y NUEVO RÉGIMEN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales incoaran los ciudadanos RAMON JOSE ALARCON ROJAS y ANIBAL RAMON GONZALEZ SANCHEZ, titulares de la cédula de identidad Nº V-9.325.856 y V-9.437.369 respectivamente en contra de la Sociedad de Comercio: SERVICIO DE VIGILANCIA RIOS C.A. (SERVIRACA) plenamente identificados en autos. En consecuencia, se condena a la Empresa a pagar la cantidad de: DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES BOLÍVARES CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (BS. 18.773,85) a cada actor en la forma como se indicó en la parte motiva del presente fallo, más los intereses sobre Prestaciones Sociales, Intereses de mora y la indexación sa.....