DECLARA: PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por el abogado Rafael Duran Larez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 250.511, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Iveco Venezuela, C.A. contra el acta de ejecución de reenganche de fecha 20 de julio de 2016, dictado por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios José Félix Ribas, Santos Michelena, José Rafael Revenga, Tovar y Revenga del estado Aragua, en el expediente administrativo N° 037-2016-01-00694 (nomenclatura del órgano administrativo), en el procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos interpuesto por el ciudadano JESÚS JAVIER BLANCO DÍAZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.121.731, contra la entidad de trabajo antes mencionada