PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que interpusiera por ENFERMEDAD OCUPACIONAL el abogado Luis Alfonso Bastidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.732, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS EDUARDO GALLARDO MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-8.729.288, en contra de la empresa PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A., plenamente identificados en autos. SEGUNDO: se condena a la parte demandada, sociedad mercantil PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A., indemnizar al ciudadano LUIS EDUARDO GALLARDO MARTÍNEZ titular de la cédula de identidad Nº V-8.729.288, la cantidad total de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TRECE BOLÍVARES (Bs. 355.613,00) por concepto de indemnización del artículo 130 numeral 4 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y daño moral, TERCERO: No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Tr.....