-III-
DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por Accidente de Trabajo incoara el ciudadano: PEDRO DOMINGO MATOS LINARES, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.423.096, en contra del MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA DEL ESTADO ARAGUA, plenamente identificados en autos. En consecuencia, se condena a la demandada a pagar la cantidad de: CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TREINTA Y NUEVE BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 489.039,00), de la manera como se indico en la parte motiva del presente fallo. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, en virtud de resultar totalmente vencida en juicio, conforme a lo establecido en el artículo 157 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal. TERCERO: De acuerdo .....