-III-
DISPOSITIVA
Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO CON COMPETENCIA EN TRANSICIÓN Y NUEVO RÉGIMEN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demanda que por Calificación de Despido y Reenganche incoara el ciudadano: PEDRO PABLO OROPEZA SOLORZANO, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.693.741 en contra de la Sociedad de Comercio: VARGAS C.A. y CON LUGAR LOS SALARIOS CAIDOS. En consecuencia, se ordena a la empresa el correspondiente pago de los Salarios Caídos de la forma como se indicó en la parte motiva del presente fallo.
En cuanto a la Corrección Monetaria, este Tribunal se pronuncia de oficio y en consecuencia declara inaplicable su procedencia en los Juicios de Estabilidad Laboral, como en efecto lo constituye la naturaleza del caso bajo estudio, acogiend.....