III.
DECISIÓN:
Por todas las razones anteriormente expuestas, y en ejercicio de la función jurisdiccional del Estado para amparar la armonía social, con base a los ideales de una justicia accesible, imparcial, transparente, autónoma, responsable, equitativa y expedita este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA VICTORIA, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la pretensión de Amparo Constitucional ejercida por el SINDICADO DE TRABAJADORES NUTRICIONALES, CONEXOS Y SUS SIMILARES DEL ESTADO ARAGUA, representado por los ciudadanos MAIGUALIDA OROZCO, ZUGEIL TOVAR, SUGEIDY SANTANA y ODALIS RAMIREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad personal Nros. V- 8.815.072, 12.480.777, 17.050.986,y 16.344.382, procediendo en su carácter de SECRETARIA GENERAL, SECRETARI.....