este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO CON COMPETENCIA EN TRANSICIÓN Y NUEVO RÉGIMEN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR, la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales incoara el ciudadano: FREDDY GREGORIO RODRIGUEZ APONTE, titular de la cédula de identidad número V-8.693.821 en contra de la Sociedad de Comercio: LUNCHERIA Y CAFETERIA, EL GRAN BIONDIS-S F.P. Y como consecuencia de la acumulación acordada del exp. DP31-L-2009-000342 y a los fines de evitar confusiones se declara SIN LUGAR, la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales incoara el ciudadano: JUAN CARLOS CRESPO GUILLEN, titular de la cédula de identidad número V-15.054.042 en contra de la Sociedad de Comercio: LUNCHERIA BIONDIS-S firma personal, plenamente identificados en autos.