DISPOSITIVA.
Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer el presente el recurso de apelación en la modalidad de efecto suspensivo, previsto en el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto el abogado WALTER GIL, en su carácter de Fiscal de Flagrancia del Ministerio Público, de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación en la modalidad de efecto suspensivo, previsto en el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto por el abogado WALTER GIL, en su carácter de Fiscal de Flagrancia del Ministerio Público, en la celebración de la audiencia especial de presentación, de fecha cuatro (04) de Marzo del año dos mil vein.....