Se declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado LEOBARDO RONDÓN, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público del Estado Aragua, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal donde otorgó medida cautelar sustitutiva de libertad a los ciudadanos CARLOS STANLEY REQUEÑA ARENA e HILDEMARO JOSÉ REQUENA, se confirma la decisión referida ut supra., se ordena al Juzgado Segundo de Control Circunscripcional que verifique si hubo acuerdo reparatorio entre la víctima, ciudadana MARIELA TAHIS SANTIAGO TRUJILLO y, los imputados, ciudadanos CARLOS STANLEY REQUEÑA ARENA e HILDEMARO JOSÉ REQUENA, y, habiéndose constatado la misma, dicte la correspondiente decisión.