PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer y decidir, el presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el Recurso de Apelación presentado por el abogado NERWINST MEDOZA, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano MARCO ANTONIO PEREZ JIMENEZ, titular de la cedula de identidad N° V-25.953.756, en su carácter de ACUSADO, en contra de la decisión dictada y publicada en fecha nueve (09) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), por el TRIBUNAL TERCERO (03°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en la causa N° 3C-27.592-23, por el abogado NERWINST MEDOZA, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano MARCO ANTONIO PEREZ JIMENEZ, titular de la cedula de identidad N° V-25.953.756, en su carácter de ACUSADO, en contra de la decisión dictada y publicada en fecha nueve (09) de noviembre del año dos mil veintitrés (2.....