Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana Abg. BARBARA MACCHIA, en su carácter de Fiscal auxiliar Décimo Noveno del Ministerio Público del Estado Aragua, contra la decisión dictada en 09-01-08, por el Juez Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD de la decisión dictada en Audiencia preliminar y la sentencia por admisión de hechos, dictada en fecha 09-01-2008 por el Juzgado Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, conforme a lo dispuesto en los artículos 190, 191, 195 y 196 todos del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: SE ORDENA la celebración de una nueva audiencia preliminar, por ante un Tribunal de control, .....